Esto no es asesoría tributaria. La única doctrina específica de la DIAN es de 2019 y hay puntos que los contadores interpretan de forma distinta. Antes de declarar o de inscribirte en el RUT, consulta con un contador.
Qué dijo la DIAN
En el Oficio 10466 del 2 de mayo de 2019, la DIAN analizó el caso de la modelo independiente que contrata directamente con una plataforma del exterior y recibe el pago a su nombre. Concluyó lo siguiente:
- Renta: lo que cobras es ingreso de fuente nacional, porque el servicio se presta desde Colombia. Es gravable aquí y, si superas los topes, tienes que declarar.
- IVA: el servicio puede estar exento como exportación de servicios si se presta desde Colombia, se usa exclusivamente en el exterior y quien lo recibe no tiene negocios en Colombia. Para la exención hay que cumplir requisitos formales, entre ellos facturar y conservar los soportes.
- Retención en la fuente: cuando cobras directamente de la plataforma, no hay nadie que te retenga. Si trabajas con un estudio colombiano, el estudio sí te practica retención.
- Actividad económica: la DIAN dijo que no está facultada para indicar qué código CIIU corresponde.
¿Tengo que declarar renta?
Para el año gravable 2026 no declara renta la persona residente que cumpla todas estas condiciones (artículos 592 y 594-3 del Estatuto Tributario):
- Ingresos brutos inferiores a 1.400 UVT: $73.323.600.
- Patrimonio bruto de hasta 4.500 UVT: $235.683.000.
- Consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos totales, y consignaciones o depósitos que no superen, cada uno, 1.400 UVT.
- No ser responsable del IVA.
Un punto abierto: algunas firmas contables sostienen que quien exporta servicios exentos debe inscribirse como responsable de IVA desde el primer peso; si fuera así, no cumpliría la última condición y tendría que declarar aunque gane poco. La DIAN dice que el servicio está «exento», pero no dice expresamente que haya que inscribirse como responsable. Este es el punto que más conviene revisar con un contador.
Para no ser responsable de IVA, los ingresos brutos del año deben ser inferiores a 3.500 UVT ($183.309.000) y cumplirse las demás condiciones del artículo 437.
RUT y actividad económica
La DIAN no ha fijado un código CIIU para esta actividad. Un oficio de 2024 indica que, para sustentar la exención de IVA por exportación de servicios, el RUT debe mostrar con claridad la actividad de exportación de servicios. En internet circulan varios códigos (9004, 6311, 9609 y otros) que proponen contadores y foros, pero ninguno tiene respaldo oficial. Desconfía de quien te diga que existe «el código oficial».
¿Hay una ley que regule el trabajo webcam?
No. El último proyecto de ley, el 126 de 2023 de la Cámara, fue archivado. Lo único que hay en la norma tributaria es el parágrafo 3 del artículo 368 del Estatuto Tributario, añadido en 2019: obliga a retener a quienes exportan estos servicios actuando como mandatarios (es decir, cobrando por cuenta de la modelo). Además, anuncia que el sector se reglamentará por ley. No encontramos un proyecto nuevo en la legislatura 2025-2026.
Qué dicen las plataformas
Las tres te tratan como contratista independiente: no te retienen impuestos colombianos y la responsabilidad de declarar es tuya. Chaturbate solo emite formularios fiscales a residentes de EE. UU. y reporta datos a la Unión Europea de quienes residen allí. Stripchat y BongaCams lo dicen también en sus términos.
Lo práctico
- Guarda el comprobante de cada pago de la plataforma y de cada retiro de Paxum o de tu banco.
- Lleva la cuenta de tus ingresos del año en pesos para saber si te acercas a los topes.
- Si quieres usar la exención de IVA, pregunta a tu contador cómo facturar y cómo registrar la actividad en el RUT.
- Revisa también tus aportes a seguridad social como independiente: no los hemos verificado para esta guía.
Fuentes consultadas el 22 de octubre de 2026: Resolución DIAN 000238 de 2025 (UVT 2026) · Estatuto Tributario, arts. 368, 437, 592 y 594-3 · Oficio DIAN 10466 de 2019 · Oficio DIAN 5846 de 2024 · Cámara de Representantes, PL 126 de 2023 · Stripchat: impuestos · BongaModels: términos.
Preguntas frecuentes
¿Una modelo webcam tiene que declarar renta en Colombia?
Si es residente y supera alguno de los topes, sí. Para 2026, los topes principales son ingresos brutos de 1.400 UVT ($73.323.600) y patrimonio bruto de 4.500 UVT ($235.683.000). La DIAN considera que lo que se cobra de la plataforma es ingreso de fuente nacional.
¿Se paga IVA por transmitir para una plataforma del exterior?
Según la DIAN (2019), el servicio puede estar exento de IVA como exportación de servicios si se cumplen los requisitos, entre ellos facturar y conservar los soportes.
¿Qué código CIIU uso en el RUT?
La DIAN no ha fijado uno. Los códigos que circulan son propuestas de contadores sin respaldo oficial. Decide el tuyo con un contador.
¿La plataforma me retiene impuestos?
Si cobras directamente de la plataforma, no. La retención aplica cuando hay un intermediario colombiano que cobra por ti, como un estudio.
¿Existe una ley webcam en Colombia?
No. El proyecto de ley 126 de 2023 fue archivado. Solo existe una regla de retención para quienes cobran como mandatarios (art. 368 del Estatuto Tributario).